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Servicios y colegiados

Otras ventajas

El colegio proporciona a sus colegiados una serie de ventajas que se enumeran a continuación.

  • Bolsa de empleo en la web www.coiae.es
  • Condiciones especiales en los distintos cursos que el Colegio y la Asociación organizan y que abordan las diferentes vertientes de la profesión aeronáutica.
  • Conferencias tanto a nivel nacional como internacional.
  • Correo electrónico gratuito para todos los colegiados con la [email protected].
  • Networking a través de la red de colegiados “Aeroconnected”.
  • Servicio de prensa aeronáutica a diario a través de la web del Colegio
  • Actividades sociales: cena de colegiados y asociados, torneos de golf, etc..

Preguntas frecuentes

Tras la reforma educativa de Bolonia se redactaron unas Órdenes Ministeriales CIN en las que se describen las condiciones que deben reunir los estudios conducentes a la obtención de los títulos que permiten acceder a las dos profesiones reguladas:

Los grados en ingeniería son especialista, en la resolución de 11 de mayo de 2017 (publicada en el BOE el 13 de mayo de 2017) https://www.boe.es/eli/es/res/2017/05/11/(1); en su anexo I, se especifica claramente la correspondencia directa de los grados con la ingeniería técnica correspondiente.

Por ejemplo, si has realizado un grado en Ingeniería Aeroespacial mención motores, NO podrás firmar ningún proyecto del ámbito aeroportuario, que ya solo has adquirido las competencias de tu especialidad, motores.

El grado en Ingeniería Aeroespacial mención X, da acceso a la profesión de Ingeniero Técnico Aeronáutico especialidad X.

El máster habilitante en Ingeniería Aeronáutica es generalista, y da acceso a la profesión regulada de Ingeniero Aeronáutico. El Ingeniero Aeronáutico tiene todas las competencias de todas las ramas de la ingeniería aeronáutica (aeronaves, motores, materiales aeronáuticos, aeropuertos y navegación aérea).

Sí, es el único máster con el que se adquieren todas las competencias de la ingeniería aeronáutica. Con el grado solo puedes trabajar dentro de tu especialidad.

Para poder ejercer como ingeniero aeronáutico es España, debes solicitar el reconocimiento de cualificaciones profesionales en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Ellos son la autoridad competente para el reconocimiento de cualificaciones profesionales obtenidas en otro Estado miembro de la UE al amparo del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (BOE DE 20/11/2008), por ciudadanos de la UE, para el acceso al ejercicio de la profesión de Ingeniero Aeronáutico.
 
  • ¿Qué documentación debo presentar en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para solicitar el reconocimiento de cualificaciones profesionales?

  • Debes presentar los certificados de estudios realizados, junto con su plan de estudios, así como toda la documentación que acredite tu experiencia profesional. Se verificará si los estudios realizados y la experiencia, cubren lo establecido en la Orden CIN/312/2009. Si faltasen por cubrir algunas competencias, el Ministerio te dará dos opciones, o bien la realización de prácticas en una empresa con un tutor, en el ámbito que no cubre con la documentación presentada, o bien un examen de esa materia.
 
  • ¿Qué ocurriría si no realizo el examen o las prácticas?

  • No podrá ejercer como Ingeniero Aeronáutico en España. Solo podrá ejercer como Ingeniero Técnico Aeronáutico de la especialidad de la que cursó el grado.
  • ¿Qué documentación debo presentar en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para solicitar el reconocimiento de cualificaciones profesionales?

  • Debes presentar los certificados de estudios realizados, junto con su plan de estudios, así como toda la documentación que acredite tu experiencia profesional. Se verificará si los estudios realizados y la experiencia, cubren lo establecido en la Orden CIN/312/2009. Si faltasen por cubrir algunas competencias, el Ministerio te dará dos opciones, o bien la realización de prácticas en una empresa con un tutor, en el ámbito que no cubre con la documentación presentada, o bien un examen de esa materia.
 
  • ¿Qué ocurriría si no realizo el examen o las prácticas?

  • Si la documentación presentada no cubre los mínimos establecidos en la CIN/312/2009, no podrá ejercer en España, como Ingeniero Aeronáutico. Si la documentación presentada tampoco cumple los mínimos establecidos en la Orden CIN/308/2009, tampoco podrá ejercer como Ingeniero Técnico Aeronáutico, en ninguna de sus especialidades.

En este caso debe solicitar la homologación de su título en la oficina de Homologación de Título del Educación y Formación Profesional. Ellos son la autoridad competente en este caso y verificarán los requisitos mínimos exigidos para la homologación en el artículo 7 del Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre, en concreto, el punto d): “Acreditar que se han obtenido las competencias formativas propias del título al que se solicita la homologación”.

Universidad Escuela
Universidad de Sevilla Escuela Técnica Superior de Ingeniería (ETSI)
Universidad Politécnica de Madrid Escuela Técnica Superior de Ingeniería Aeronáutica y del Espacio (ETSIAE)
Universidad Politécnica de Cataluña Escuela Superior de Ingenierías Industrial, Aeroespacial y Audiovisual de Terrassa (ESEIAAT)
Universidad Politécnica de Valencia Escuela Técnica Superior de Ingeniería del Diseño (ETSID)
Universidad de León Escuela de Ingenierías Industrial, Informática y Aeroespacial
Universidad Carlos III Universidad Carlos III
Universidad Alfonso X Universidad Alfonso X el Sabio
Universidad Europea de Madrid Universidad Europea de Madrid
Universidade de Vigo Universidade de Vigo
Universidad Rey Juan Carlos Universidad Rey Juan Carlos

Aclaraciones sobre la profesión de ingeniero aeronáutico